Tipos de venta al detalle

Parada ambulante

La venta al detalle es una oferta comercial que hace referencia a las tiendas o negocios destinados al cliente final

En este artículo explico en qué consiste la venta al detalle, ya que está regulada por Ley. Por ello es conveniente diferenciarla para conocer los derechos que nos asisten como consumidores, según el tipo de venta al detalle que nos encontramos.

De forma resumida, la venta al detalle es la que que se hace desde un local o establecimiento para satisfacer las necesidades de un cliente final o consumidor. También reciben la misma consideración la venta online, por catálogo y otras fórmulas, siempre que se dirijan al un cliente final. Veamos las diferentes situaciones que nos podemos encontrar en relación a la oferta de la venta al detalle:

Oferta permanente

Cuando entramos en un comercio o negocio abierto al público,  nos encontraremos con bienes o servicios de venta regular no estacional con precios estables que el cliente puede adquirir en cualquier momento. Estos deben incluir información básica y precio final para que no tengas dudas a la hora de comprar.

Rebajas

A diferencia de la oferta permanente, se trata de ventas en las cuales, para impulsar el consumo, se ofrece al público una reducción del precio de un producto o servicio expuesto, en relación con el precio habitual.  Este tipo de situación suele ser estacional, limitada en un periodo de tiempo, finalizado el mismo, los precios vuelven a estabilizarse con nuevos stocks actualizados. También es un tipo de venta con carácter sectorial y ocurre con bienes que están sujetos a modas, por ejemplo, pero también puede darse en servicios y productos que precisan de un impulso comercial temporal.

Para que un comercio pueda ofrecer rebajas debe respetar los siguientes aspectos:

a) El precio tiene que figurar en un lugar visible.
b) En la etiqueta del precio deben aparecer dos: el habitual y rebajado. El primero es el que se aplicó al menos durante 1 mes dentro de los 6 meses anteriores al inicio de la rebaja, oferta o promoción.
c) Los bienes o servicios rebajados deben ofrecer las mismas garantías que tenía con anterioridad.
d) No se pueden vender como rebajados los productos deteriorados, defectuosos, o que presenten cualquier carencia respecto al producto original puesto a la venta. Es decir, las rebajas no son saldos.
e) Las mercancías que se ofrecen a precio rebajado tienen que haber estado expuestas a la venta con anterioridad al inicio de las rebajas. No deben ser productos nuevos, con otras propiedades o con menor calidad.
f) Finalmente, la tienda debe disponer de un stock suficiente de bienes durante el periodo de rebajas.

Ofertas y promociones

Hablamos de oferta o promoción cuando se promueve la venta específica de bienes en condiciones especiales más ventajosas para la persona consumidora en relación a la oferta permanente. Esto significa que los comercios o negocios pueden hacer ofertas puntuales no vinculadas a otras de su sector, como las rebajas.

Como consumidor, en la publicidad de las ofertas tienes que ver claramente los siguientes conceptos:

a) La fecha de inicio y la duración de la oferta o promoción
b) Los requisitos que tendrán que cumplir los consumidores.
c) Las condiciones y calidad de los bienes o servicios en oferta.
d) El responsable de la oferta (Nombre y razón social del establecimiento y dirección completa).
d) Cantidades ofertadas. No se pueden hacer ofertas o promociones con un número de unidades insuficientes mientras dure la campaña. Aunque algunos establecimientos limitan las promociones hasta el agotamiento del stock, deben ofrecer la posibilidad de reservar pedidos en las mismas condiciones durante la promoción.

Outlets

Actualmente tiene mucho éxito la venta especializada de excedentes de producción o de temporada, encontrando muchas oportunidades si no eres exigente en la calidad final.

Este tipo de venta se puede encontrar en:
a) Establecimientos de carácter permanente, dedicados exclusivamente a esta actividad.
b) Paradas de los mercados de marchantes y ferias locales.
c) Zonas debidamente diferenciadas y señalizadas dentro de un establecimiento comercial, siempre que no superen el 20% del total de la superficie de venta.

En cualquier caso, los precios tienen que ser inferiores al precio de venta en las tiendas donde se ofrece saldos habitualmente. Los precios pueden disminuir sucesivamente para dar salida al stock, pero no aumentar o variar según le convenga al comercio.

Saldos

Para acabar, denominamos venta de saldos aquella que ofrece productos cuyo valor de mercado ha disminuido inequívocamente a causa de su deterioro, tara u obsolescencia. En el local comercial estas ofertas deben estás claramente identificadas bajo esta denominación.

Fotografía: Pixabay / Sharonang